Ir al contenido

Diversidad sexual en Iquitos

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Derechos LGBT en Iquitos


Bandera

Escudo

Homosexualidad
Es legal Sí
Desde 1924
Edad de consentimiento sexual
Heterosexual y homosexual igual Sí
Protección legal contra la discriminación
Laboral Sí
Bienes y servicios Sí
En todos los aspectos Sí
Derechos de género
Cambio de sexo legal Sí
Cambio de sexo en documentos de identidad Sí
Otros derechos
Servicio militar Sí
"Loretanos contra la homofobia" (Iquitos, 2013)

La diversidad sexual en Iquitos ha evolucionado conforme a las políticas del Perú. Las personas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT) en la ciudad están específicamente protegidas por la Ordenanza Regional 004-2010 GRL-CR que fue publicada el 12 de febrero de 2010. Esta ordenanza también protege el Departamento de Loreto desde la capital regional.[1][2]

Legislación

[editar]
Símbolo local, que representa la tolerancia entre la ciudadanía y los homosexuales.

Ordenanza Regional 004-2010 GRL-CR

[editar]

Según el documento de la Ordenanza Regional 004-2010 GRL-CR, el Gobierno Regional de Loreto se «adhiere a otros tratados internacionales y regionales del país» que fueron aprobados y ratificados.[1]​ Los Principios de Yogyakarta también es fundamentada en el documento, junto a ordenanzas regionales que buscan mitigar las enfermedades de transmisión sexual, como el VIH.

La ordenanza esclarece los siguientes artículos:

PRIMER ARTÍCULO: Igualdad de derechos humanos, protección de los derechos LGBT (incluso para los HSH y los trabajadores sexuales), y prohibición de la discriminación en todos los aspectos hacia la comunidad LGBT.
SEGUNDO ARTÍCULO: Prevención de los ITS a través de la lucha contra esas enfermedades y promover información sobre salud sexual, y desligar la asociación del VIH/sida con la comunidad LGBT.
TERCER ARTÍCULO: Prohibición de lenguaje ofensivo hecho por cualquier funcionario y civil.
CUARTO ARTÍCULO: Prohibición de conductas discriminatorias (e.g. pruebas de VIH como requisito laboral o para acceder a servicios de salud, educación, etc.) En el ámbito educativo, por ejemplo, negar el ingreso, expulsar o poner sanciones por orientación sexual o identidad de género. En el ámbito de salud, conductas discriminatorias como impedir el acceso a un servicio de salud.
QUINTO ARTÍCULO: Aplicación de la ordenanza administrado por el Gobierno Regional de Loreto.

Ordenanza Municipal de Belén

[editar]

A mediados de mayo de 2015, la Municipalidad Distrital de Belén aprobó una ordenanza que prohíbe toda forma de discriminación por orientación sexual e identidad de género.[3]​ La violación de la ordenanza conlleva una multa desde S/.300 – 3000. La organización JHACS de Belén y la Asociación Civil Tsanwa fueron los solicitantes de la ordenanza, y se afianzó con la participación del Alcalde Distrital de Belén Richard Vásquez Salazar. Es la primera ordenanza municipal dentro del Departamento de Loreto y la primera en la Ciudad de Iquitos.

Véase también

[editar]

Referencias

[editar]
  1. a b Gobierno Regional de Loreto (12 de febrero de 2010). «Ordenanza Regional - N.º 004-2010 GRL-CR». Gobierno Regional de Loreto. Archivado desde el original el 6 de octubre de 2013. Consultado el 5 de octubre de 2013. 
  2. «Loreto aprueba ordenanza que prohíbe conductas discriminatorias contra poblaciones vulnerables». Andina. 2010. Archivado desde el original el 6 de octubre de 2013. Consultado el 5 de octubre de 2013. 
  3. P. Melgar, Gino (17 de marzo de 2015). «Belén apuesta por la igualdad y el respeto». La Mula.pe. Consultado el 17 de marzo de 2015. 

Enlaces externos

[editar]